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La próxima aplicación de nuevas disposiciones estatales, que prohíben la venta de ropa importada por parte de los cuentapropistas, abre un abanico de opiniones divergentes
En casi todos los establecimientos de cuentapropistas se venden artículos importados.(Foto: Adán Iglesias Toledo / Cubahora)
Trabajo por cuenta propia. Trabajo que no se encuentra subordinado a la administración de una entidad laboral.
Según los últimos datos oficiales, 436.342 cubanos ejercen el empleo por cuenta propia.
Según la Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 27 sobre el trabajo por cuenta propia, "la experiencia derivada de la aplicación de esta regulación, la necesidad de adicionar nuevas actividades, eliminar limitaciones en el otorgamiento de autorizaciones para el ejercicio de determinadas actividades, definir el alcance de cada una, así como precisar aspectos sobre su ordenamiento y control, aconsejaron derogar esa Resolución, y establecer en regulaciones independientes, el procedimiento para el ejercicio del trabajo por cuenta propia y la relación de actividades autorizadas, su alcance y las entidades que autorizan su ejercicio". Todo ello se recoge en la Resolución No. 41 del 2013
Sastre o modista según la regulación:Confecciona, arregla y transforma ropas, realiza trabajos simples y complejos de sastrería y costura a la medida. No incluye la comercialización de ropa de fabricación industrial o importada.
Un sinfín de opiniones, a favor y en contra, han generado las nuevas disposiciones para el trabajo por cuenta propia, que amplían las actividades para laborar fuera del sector estatal, pero al mismo tiempo regulan entre otras cosas la venta de ropa, calzado y bisutería importados.
Las llamadas “Perchas”, algunas convertidas en verdaderas tiendas de moda de acuerdo con la solvencia económica de cada dueño, han sido las más afectadas con esas medidas publicadas a fines de septiembre último en la Gaceta oficial de la República.
Lo cierto es que en casi todos esos establecimientos se venden artículos traídos desde Ecuador, Panamá, México y hasta la mismísima Miami, por personas que actúan como “mulas”, unas salidas desde Cuba y otras venidas desde el extranjero, que aprovechan las facilidades de las regulaciones aduanales del país.
La Resolución No. 222 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), que aplica la aduana en las fronteras nacionales, considera los primeros 25 kilogramos (alrededor de 55 libras) del equipaje como efectos personales y, por tanto, libres de pago. Tampoco pagan derechos de aduana los artículos importados cuyo valor no exceda los 50,99 pesos y entren al país sin fines comerciales, según la Resolución de la aduana No 122.
Esas dos regulaciones dejan un espacio abierto para que las “mulas” pasen por la aduana, libres de polvo y paja, artículos que después se comercializan en los establecimientos privados que florecen a lo largo y estrecho de la flaca geografía nacional.
De esa forma, se adulteró el sentido original de la licencia para sastres y modistas, destinada a permitir la venta de sus propias producciones o arreglos de ropa. Nada ampara la comercialización de artículos importados, aunque esos fueran para todo tipo de gusto y con precios relativamente asequibles que sin mucha bulla compiten con las cadenas estatales de venta en divisas, las llamadas TRD.
Y la verdad es que esas vendutas resuelven el problema de un sector de la sociedad, especialmente de los más jóvenes, que encuentran en esas instalaciones la ropa y el calzado de moda y de mejor calidad que buscan.
Las nuevas regulaciones sorprendieron, en buen cubano, “cogieron movidos” a los vendedores, algunos de los cuales dijeron a Cubahora, en un céntrico mercado al aire libre en Centro Habana, que esperaban cambios, pero pensaban que sólo modificarían el concepto de la licencia y aumentarían el impuesto, pero nunca que se prohibiría vender la ropa que se trae del extranjero.
Como las disposiciones deben entrar en vigor a fines de este mes, ahora los dueños de las tiendas son visitados de manera individual para explicarles el alcance de la nueva disposición, como explicó al diario Granma el asesor del Ministerio del Trabajo y la Seguridad Social, José Barreiro.
“Se trata de un esfuerzo de conversación individual para lograr el entendimiento de la legislación”, dijo Barreiro.
Al parecer hay una voluntad gubernamental de no cerrar de golpe y porrazo esas pequeñas tiendas, con la consiguiente pérdida para los dueños, sino de, sin extremismos, hacer cumplir una regulación que muchos se saltan.
Tocará ahora al Ministerio de Comercio Interior rellenar el vacío comercial que a la larga dejarán esas instalaciones y absorber una demanda que los establecimientos estatales no siempre han sido capaces de asumir.
Tal vez, como piden muchos, entre ellos renombrados economistas, lo más atinado sea aceptar la figura del cuentapropista vendedor de ropa y cobrarle un impuesto más alto u otorgarles licencia de importación, con el consiguiente compromiso fiscal, a aquellos que lo soliciten.
Prohibir no significa que desaparezcan esos comercios, pues siempre se corre el riesgo de que vayan a esconderse en el mercado negro y además, sin pagar impuestos.
También hay que tener en cuenta que el país requiere de un ordenamiento legal que favorezca el éxito del complicado proceso de actualización del modelo económico que impulsa el gobierno desde hace tres años.
Como se aprecia, las dos partes tienen sus razones. De un lado, el Estado busca orden y legalidad, mientras que del otro, los cuentapropistas quieren asegurar sus inversiones y ganancias, pero en el medio queda un sector de la población que observa esa dicotomía con inquietud.
Esperemos que prime la razón y se encuentre una solución de mutuo beneficio que resuelva este problema sin ropa.