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martes, 12 de marzo de 2013

La banca mira a los negocios privados

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El acceso de personas naturales a créditos incentiva los negocios por cuenta propia.
El acceso de personas naturales a créditos incentiva los negocios por cuenta propia.
El sistema bancario de Cuba introdujo nuevas opciones de garantías para créditos a personas naturales y actores no estatales.

Las autoridades cubanas dieron nuevos pasos para facilitar un mayor acercamiento del sector no estatal de la economía a la brasa de las relaciones financieras interempresariales. A finales del mes de febrero ampliaron las alternativas ofrecidas a las personas naturales para acceder a créditos bancarios y flexibilizaron las normas de pago de las entidades estatales a los actores no estatales de la economía. Ambos movimientos se suman a sucesivos giros de rosca imprimidos para consolidar medidas de la reforma económica.
La posibilidad de acceder a un financiamiento bancario, que en Cuba estaba abierto antes solo para empresas y otras personas jurídicas, se extendió en diciembre del 2011, mediante el Decreto-ley 289, a cualquier ciudadano del país interesado en comprar materiales de construcción o contratar mano de obra para reparar o construir viviendas. La banca también ofreció entonces ese servicio a las formas económicas no estatales, en expansión desde octubre del 2010.
Pero esa importante renovación de la política crediticia solo consideraba a los ciudadanos con capacidad para brindar garantías líquidas, o sea, efectivo –ingresos o depósitos bancarios-, como respaldo de la solicitud del préstamo.
El Banco Central de Cuba (BCC) y los ministerios de Economía y Planificación (MEP) y de Finanzas y Precios (MFP) introdujeron ahora un paquete de instrucciones y resoluciones, que amplía el abanico de garantías que la banca puede admitir de las personas solicitantes de crédito –incluidos pequeños agricultores y trabajadores por cuenta propia– o de sus codeudores.
Al efectivo se agrega ahora como posible aval de la capacidad de pago del beneficiario del préstamo otros activos, entre los que se incluyen joyas y alhajas, piezas de valor cultural, vehículos automotores, bienes agropecuarios, incluido ganado mayor, solares yermos y viviendas de veraneo o descanso.
Entre las novedades, el vicepresidente del BCC, Francisco Mayobre, explicó en conferencia de prensa que el valor en dinero de esos bienes sería certificado por instituciones financieras especializadas y, por primera vez, tomarían como norma los precios fijados por el mercado.
Mayobre defendió las garantías bancarias como mecanismo jurídico para asegurar a las sucursales el reembolso de sus créditos, en caso de que los prestatarios sean incapaces de honrar su deuda. Pero aclaró que sería la última opción a que acudiría el banco, pues el objetivo, dijo, no es el apoderamiento de las garantías.
Las nuevas disposiciones legales también establecen que una empresa estatal puede oficiar como garante del trabajador por cuenta propia al que haya arrendado un local o inmueble, si el análisis de riesgo de la banca avala la solidez financiera de dicha empresa. Igualmente proponen la formación de fondos de garantías en las cooperativas de créditos y servicios (CCS), para respaldar la petición de créditos bancarios por sus miembros.
Estos pasos intentan acercar la política crediticia a la actividad no estatal de la economía, que hasta ahora ha mirado con acentuada cautela el financiamiento proveniente de los bancos cubanos. Desde la implementación del Decreto-ley 289, la banca cubana ha otorgado más de 210.000 créditos, por valor de 1.200 millones de pesos, según informó el vicepresidente del BCC. Pero la mayoría de los préstamos solicitados –más del 95 por ciento según datos parciales del año- respondían a la construcción y reparación de viviendas, no a inversiones en negocios privados.
Como confirmación del espacio que el Estado les reconoce a los actores no estatales de la economía –en ampliación este año con la introducción de cooperativas en sectores no agrarios-, el gobierno dio luz verde en fecha reciente a determinados pagos en pesos convertibles (CUC) de personas jurídicas a personas naturales.
La nueva resolución del MEP amplió de esta manera la posibilidad de que las empresas y unidades presupuestadas contraten servicios de trabajadores por cuenta propia. El gobierno, que había dado un paso previo en esa dirección al permitir la venta de alimentos de agricultores privados a instalaciones turísticas, amplió ahora el listado de actividades –producción y venta de alimentos, reparaciones menores, plomería y otros- que los trabajadores por cuenta propia podrán cobrar en CUC a la entidad del Estado u otra persona jurídica que contrate sus servicios.
De acuerdo con la legislación, los pagos podrán realizarse mediante instrumentos como cheques, tarjetas, pagarés, letras de cambio y cartas de crédito local, pero no en efectivo. Como límite de pago solo estaría el dinero disponible en el presupuesto o plan de la entidad contratante, según confirmaron esta vez las autoridades.
El gobierno continúa ajustando y flexibilizando así el entorno financiero y económico para hacerlo más atractivo al desarrollo de las formas de gestión no estatal a las que ha apostado. (2013)

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