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domingo, 24 de mayo de 2026
Las avionetas de Castro, las lanchas de Trump y una repugnante doble vara de medir
sábado, 23 de mayo de 2026
La historia detrás del derribo de las avionetas de «Hermanos al Rescate» por Cuba
Cuba: meditando sobre el derribo de las aeronaves de Hermanos al Rescate
Por Manuel David Orrio del Rosario
La Habana, 26/05/25.- Cualquiera diría que el modelo de propaganda de la agenda del Partido Comunista y el
gobierno cubanos está en estado de alerta, tras conocerse
que el general de ejército Raúl Castro Ruz fue acusado en Estados Unidos de ser el máximo responsable del derribo sobre el mar, un 24 de febrero de 1996, de
dos avionetas de la organización miamense Hermanos al Rescate
(HAR). Murieron cuatro personas. Junto al general, fueron acusados ex - pilotos de caza que participaron en los
hechos.
De inicio, solidarias declaraciones;
acto en la habanera Tribuna Antimperialista "José Martí" - en apoyo al general -,
se reportó que con asistencia de 250 mil
personas; la prensa criolla, ni se diga, muy activa promoviendo al discurso
oficial, incluyendo artículos y presencia de los Héroes de la República de Cuba Gerardo Hernández Curbelo y René González Sehwerert en el programa televisivo Mesa Redonda, casi el órgano oficial; pero ¿dando espacio a la diversidad
ciudadana?
Además, aparecen agentes de opinión en las redes
sociales, verdadero campo de batalla de lo que podría llamarse opinión pública, en este complejo escenario criollo, signado por una crisis casi
humanitaria. Crisis que, en buena medida, es
a causa de las medidas coercitivas unilaterales de Estados Unidos contra
Cuba -vulgo bloqueo -, cuyo severo daño ni se
discute.
No obstante, ¿dónde queda el tan denostado
inmovilismo en emprender reformas económicas de profundidad al estilo chino o vietnamita? ¿No está ese estancamiento en la picota de
los mejores economistas del país?
"Discrepancia no es oposición", dijo Raúl Castro en un lejano 1994; por
tanto, ¿discrepar es "pecado"? ¿Buscar la verdad - ajena a ciertas propagandas - es "herejía"? "La verdad es siempre revolucionaria", dijo Antonio
Gramsci. José Martí, por su parte, apuntó que "la prensa no es aprobación bondadosa ni ira insultante; es examen, estudio, proposición, consejo".
Por ello, se pregunta este periodista: ¿será
posible emprender un análisis desprejuiciado de lo que significó
ese 24 de febrero para Cuba, ahora que alrededor de un 70% de los cubanos
residentes se conecta a Internet, en mayor o menor medida ?; ¿ahora que el llamado acceso a las corrientes de
información
no tiene precedentes en este "hervorio caribeño
de las ninfas de telúricas caderas y efluvios afrodisíacos"?
Si la denominada prensa oficialista parece no
tomar en cuenta esas realidades, allá con su credibilidad. No
este periodista; por tanto, manos a la obra, en este intento de esclarecer.
Hechos
y normas internacionales
Diatribas aparte entre partidarios y
opositores del proyecto socialista cubano - matices incluidos -, lo primero a
observar es que las polémicas sobre los derribos se centran,
en mayoría, no a partir de informaciones
contrastadas, ni de consultar informes y
evidencias hallables en Internet, cuyo reporte más importante parece que sólo fue
publicado por el diario digital opositor El Toque. Las polémicas de marras se ensarzan en lo que pudiera llamarse una
"controversia territorial". A tales efectos , puede hacerse abstracción de las graves culpas de HAR en que se produjera el incidente, lo cual
fue reconocido por los gobiernos de Estados Unidos y Cuba, en mayor o menor
medida, en los más importantes informes. De suyo se
desprenden esas graves culpas..
Tras los derribos, se privó de su licencia de piloto a José Basulto,
presidente de HAR, lo cual significó, si no la
desaparición del grupo, sí la pérdida de su capacidad operativa. No
vale desde Cuba lo de "nunca es tarde, si la dicha es buena", porque
cuatro cadáveres fueron a dar al fondo del mar,
y se verá que "no hubo dicha".
Pero por el lado de Washington, sí es importante señalar una grave responsabilidad por
haber actuado burocráticamente - para ser benigno - ante
las fundadas protestas del gobierno criollo, por las que en su momento fueron
reiteradas violaciones del espacio aéreo
cubano; ello fue debidamente registrado
por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). O sea, es algo que, a estas alturas, no
admite discusión. Tanto la Administración Federal de Aviación (FAA) como otras entidades
estadounidenses, fueron también responsables de la tragedia, dada
su burocrática o intencionada pasividad.
¿Cuál es la "controversia
territorial"? Por un lado, los
partidarios del socialismo "a la cubana" sostienen y aportan datos y
argumentos respecto a que los derribos de las aeronaves estarían justificados como respuesta a lo ocurrido el 24 de febrero, muertos
incluidos, por cuanto los abatimientos habrían sido sobre aguas cubanas; o sea, "respuesta viril y erecta"
a las violaciones. Sus opuestos afirman que tales derribos se produjeron en
aguas internacionales y que, por tanto, se cometió un "asesinato en los aires".
Según parece, "ni tirios ni troyanos" se han tomado la molestia de
consultar el informe de la OACI que sirvió de base a la Resolución 1067/1996 del Consejo de Seguridad de la ONU, y menos
dicha providencia, de texto condenatorio para Cuba; fue votada a favor por 13
de los 15 miembros del órgano, con las abstenciones de Rusia
y China. Tomar nota: dos cercanos aliados de Cuba prefirieron abstenerse ¿Por qué?
Dicha Resolución expresó, entre otros acápites, que "Condena el uso de armas contra las aeronaves civiles en
vuelo, que es incompatible con las consideraciones elementales de humanidad,
con las reglas del derecho internacional consuetudinario codificadas en el artículo 3 bis del Convenio de Chicago y con las normas y prácticas recomendadas enunciadas en los anexos del Convenio, e insta a
Cuba a unirse a los demás Estados respetando las
obligaciones que se derivan de estas disposiciones". Si bien Cuba no fue
sancionada, sí fue condenada.
El artículo 3 bis
. Más claro, ni el agua: el nudo del
problema no es si las aeronaves fueron derribadas en cielo cubano o
internacional, sino que se emplearon
armas contra "aeronaves civiles en vuelo", lo que provocó la condena del Consejo de Seguridad de la ONU.
Merece explicación el artículo 3 bis del Convenio de Chicago,
que es la "Constitución" de la aviación civil mundial. Aquel estipula que
todo Estado debe abstenerse de recurrir al uso de las armas en contra de
aeronaves civiles en vuelo; establece un procedimiento de seguridad, el cual
norma que durante una interceptación, no debe ponerse en peligro la vida de los ocupantes ni la seguridad
de la aeronave. Asimismo, toda aeronave civil que sobrevuele ilegalmente un
territorio debe acatar la orden de aterrizar en un aeropuerto designado.
Dicho artículo tuvo por origen el derribo por un caza
soviético de una aeronave surcoreana que volaba de Nueva York a
Seúl, el 1 de septiembre de 1983. La tragedia se desencadenó
por un error de navegación. Por razones que se atribuyeron a un
fallo en la programación del piloto automático,
el avión se desvió más de
500 km de su ruta y penetró en un espacio aéreo
soviético altamente restringido sobre la península
de Kamchatka y la isla de Sajalín. En ese momento, Estados
Unidos tenía un avión espía
RC-135 en la misma zona, lo que llevó a los controladores soviéticos
a confundir el Boeing 747 comercial con el avión norteamericano. A pesar de
que un piloto soviético reportó haber
visto luces de navegación propias de un avión
civil, la orden fue tajante. Murieron 269 personas.
El Informe de la OACI y la
Resolución del Consejo de Seguridad fueron rechazados por el entonces Presidente de la Asamblea
Nacional del Poder Popular, Ricardo Alarcón de Quesada, y por Bruno Rodríguez Parrilla, entonces
Embajador de Cuba en Naciones Unidas; ambos adujeron
presiones norteamericanas para lograr la condena de Cuba, pero el hecho cierto es que el empleo de armas contra
aeronaves civiles está prohibido; se deben respetar los procedimientos
de seguridad e interceptación previstos, lo cual no consta
que hayan hecho los Migs actuantes ese día,
de acuerdo con el mencionado informe, ni de que se haya ordenado a las
aeronaves derribadas seguir
instrucciones de abandonar el espacio aéreo o aterrizar en un
aeropuerto criollo. El Informe de la
OACI abunda en esos tópicos, con evidencias tanto de Estados
Unidos como de Cuba, como son las transcripciones de los diálogos
de los pilotos cubanos con su base aérea.
El Informe sobre el 24 de febrero apuntó en una de sus conclusiones que "La regla del derecho
internacional consuetudinario de que los Estados deben abstenerse de recurrir
al uso de las armas en contra de las aeronaves civiles en vuelo, codificada en
el Artículo 3 bis del Convenio de Chicago,
y las disposiciones de la OACI relativas a la interceptación de aeronaves civiles, se aplican
independientemente de que la aeronave en cuestión esté o no dentro del espacio aéreo territorial del Estado de que se trate".
Apunte marginal: el artículo 3 bis del Convenio de Chicago entró en vigor el 1 de octubre de 1998, tras un proceso de ratificaciones,
que a la altura del 24 de febrero de 1996 ya tenía un buen número de países ratificantes, pero no Estados Unidos ni Cuba, la cual lo ratificó el 28 de septiembre de 1998, dos días antes de entrar en vigor el artículo. Por éso, la Resolución 1067/1996 se refirió al derecho internacional
consuetudinario como norma para la evaluación y condena de los derribos. Por tanto, sería irrelevante si derribar las aeronaves ocurrió en espacio cubano o internacional; el punto es
que se emplearon armas, con resultados mortales.
Sin embargo, no se pierda de vista
que la discusión sobre dónde se produjeron los derribos, pudiera contener elementos de distracción: desviar la atención sobre el prohibido uso de armas -
Cuba condenada -, o sobre las reiteradas violaciones de HAR del espacio aéreo criollo.
Por la pasión con que en Cuba se defiende al general de ejército Raúl Castro, y considerando que fue
acusado de ser el máximo responsable de derribos y
muertes, no hará juicios este periodista, más en un escenario de creciente agresividad de las políticas estadounidenses contra Cuba. El Informe de la OACI señala que en determinado momento, el entonces jefe de la Defensa Antiaérea y Fuerza Aérea Revolucionaria (DAAFAR) recibió instrucciones de impedir las violaciones y, de ser necesario, derribar.
Pero como ese informe fue cuestionado por Alarcón y Rodríguez Parrilla, mejor sea Fidel
Castro quien haga las aclaraciones pertinentes, en la revista Time : " Lo
discutimos con Raúl (hermano de Castro y jefe de las
Fuerzas de Defensa Aérea) y el Estado Mayor Conjunto.
Acordamos que lo que sucedió el 9 y 13 de enero no podía volver a ocurrir. Dimos la orden al jefe de la Fuerza Aérea. El sábado, (los aviones de Hermanos al
Rescate) vinieron dos veces. La base aérea de San
Antonio estaba en alerta máxima. En la tercera pasada,
despegaron e hicieron su trabajo. Derribaron los aviones. Son profesionales.
Hicieron lo que creen que es correcto. Son personas en quienes confiamos, pero yo
asumo la responsabilidad por lo sucedido" (1).
A falta de Fidel, por ley de la
vida, se infiere la decisión estadounidense de acusar a Raúl Castro y a los pilotos que participaron en los derribos, como parte de
una política que no excluiría una acción militar contra Cuba, o contra el
general de ejército, al estilo secuestro de Nicolás Maduro y Cilia Flores.
Sí, el riesgo es real, aunque el Senado norteamericano, de mayoría republicana, no es partidario de esas acciones; para éste, mientras no se solucione la crisis en Irán - que se observa estancada -, emprender una aventura en Cuba compromete las capacidades del ejército de aquel país, si bien se sabe que de Donald Trump se puede esperar
lo peor, más si el Congreso le dejó manos libres para actuar sin información previa o autorización de ese órgano para una operación contra Cuba, del tipo que sea; más si el presidente está presionado por una eventual derrota
republicana en las elecciones de medio término de noviembre, lo cual le obligaría a gobernar sin mayoría congresual en sus dos últimos años de mandato. Trump necesita actuar, necesita un escenario en que los
votantes le apoyen, como ha sido
tradicional cuando la nación está en guerra, aunque no en el caso de Irán, en que encuestas realizadas en mayo de 2026 revelan que 60% de los
votantes se oponen a esa guerra, lo cual también pudiera ser válido para el caso de Cuba. No
obstante, al presente momento, es evidente el despliegue de una preparación mediática que busca justificar ante la
opinión pública estadounidense una acción militar
contra la mayor de las Antillas, lo cual
ha ocurrido como práctica estadounidense para lograr
apoyo interno a operaciones bélicas, desde la guerra hispano - cubano - americana de 1898.
De las consecuencias
¿Por qué no se siguieron los procedimientos
de aviso e interceptación de las aeronaves derribadas - consta en el informe de la OACI -, y que en medida extrema incluyen disparos de
advertencia, pero no derribos? ¿Qué consecuencias hubo para Cuba? Pues la aprobación de la Ley Helms-Burton y el consiguiente agravamiento del bloqueo
estadounidense, incluyendo la activación por Trump del
título III de dicha ley, que
permite a ciudadanos y empresas de
Estados Unidos demandar en tribunales estadounidenses a cualquier persona o
entidad que se beneficie de propiedades expropiadas por el gobierno cubano tras
la Revolución de 1959. O sea, ese título busca disuadir la inversión extranjera en Cuba, creando un riesgo legal concreto para las
empresas, ya que las penalizaciones pueden ser muy severas, lo cual implica lo
que pudiera llamarse "miedo a invertir", con lógicas consecuencias: un serio agravamiento de la situación económica criolla, cuyo extremo es el
cerco energético decretado por Trump contra
Cuba.
No ha observado este periodista que
la prensa cubana haya establecido una relación causa - efecto entre el derribo de las avionetas y la aprobación de la Helms-Burton; si lo ha hecho, no le consta. Pero es indudable
que dicha relación existe; se sabe que el entonces
presidente Clinton se opuso a ese proyecto de ley, incluyendo su decisión de vetar, caso de aprobarse, además de tener ese proyecto pocas posibilidades de ser aprobado; fue el
derribo de las aeronaves lo que forzó su votación favorable, conversión en ley y firma por Clinton el 12
de marzo de 1996, si bien éste logró que la activación del título III estuviera a reserva de una decisión presidencial cada seis meses; dicha activación fue pospuesta por sucesivas administraciones...hasta Trump. Tales son
los hechos, y los hechos son tercos.
¿Se evaluó en su momento por el gobierno
cubano que el derribo de las aeronaves podía provocar la aprobación de la ley y traer relevantes
consecuencias, que un gesto "viril y erecto" como los abatimientos
podía significar algo grave para Cuba?
Es incógnita de archivos, y es no
investigar por la prensa criolla, se supone que "perro guardián" del sagrado principio de rendición de cuentas de elegidos a electores. Entretanto, Cuba sufre...
Imagen de portada: Cessna 337, el
modelo de aeronave que fue derribado el 24-2-1996. Aviapage
Notas y enlaces
1.- Traducción del autor. Entrevista a Fidel
Castro por la revista Time
https://time.com/archive/6728689/interview-fidels-defense/
Informe especial de PL: La verdad sobre Cuba

viernes, 6 de marzo de 2026
Cuba, el "caso Tablada" y la cultura jurídica
jueves, 29 de enero de 2026
Presencia de José Martí en Fidel Castro



