"De pensamiento es la guerra mayor que se nos hace: ganémosla a pensamiento" José Martí

sábado, 23 de mayo de 2026

Cuba: meditando sobre el derribo de las aeronaves de Hermanos al Rescate

 Por Manuel David Orrio del Rosario

mdorrio54@gmail.com

La Habana, 26/05/23.- Cualquiera diría que el modelo de propaganda de la agenda del Partido Comunista y el gobierno cubanos está en estado de alerta, tras conocerse que el general de ejército Raúl Castro Ruz fue acusado en Estados Unidos de ser el máximo responsable del derribo en el mar, un 24 de febrero de 1996, de dos avionetas de la organización miamense Hermanos al Rescate (HAR), con saldo de cuatro personas muertas. Junto a él, fueron acusados   ex - pilotos de caza que participaron en los hechos.

De inicio, solidarias declaraciones; acto en la habanera Tribuna Antimperialista "José Martí" - en apoyo al  general -,  se reportó que con asistencia de 250 mil personas; la prensa criolla, ni se diga, muy activa promoviendo al discurso oficial, incluyendo artículos y presencia del Héroe de la República de Cuba Gerardo Hernández Curbelo en el programa televisivo Mesa Redonda, pero ¿dando espacio a la diversidad ciudadana?; además, aparecen agentes de opinión en las redes sociales, verdadero campo de batalla de lo que podría llamarse opinión pública, en este complejo escenario criollo, signado por una crisis casi humanitaria. Crisis que, en buena medida, es  a causa de las medidas coercitivas unilaterales de Estados Unidos contra Cuba -vulgo bloqueo -, cuyo severo daño ni se discute. No obstante, ¿dónde queda el tan denostado inmovilismo en emprender reformas económicas de cierta profundidad - al estilo chino o vietnamita -, estancamiento que es objeto de picota pública por los mejores economistas del país?

"Discrepancia no es oposición", dijo Raúl Castro en un lejano 1994; por tanto, ¿discrepar es "pecado"? ¿Buscar la verdad - ajena a ciertas propagandas - es "herejía"? "La verdad es siempre revolucionaria", dijo Antonio Gramsci. José Martí, por su parte, apuntó que "la prensa no es aprobación bondadosa ni ira insultante; es examen, estudio, proposición, consejo".

 Por ello, se pregunta este periodista: ¿será posible emprender un análisis desprejuiciado de lo que significó ese 24 de febrero para Cuba, ahora que alrededor de un 70% de los cubanos residentes se conecta a Internet, en mayor o menor medida ?; ¿ahora  que el llamado acceso a las corrientes de información  no tiene precedentes en este "hervorio caribeño de las ninfas de telúricas cinturas"? Si la denominada prensa oficialista parece no tomar en cuenta esas realidades, allá con su credibilidad. No este periodista; por tanto, manos a la obra, en este intento de esclarecer.

Hechos y normas internacionales

Diatribas aparte entre partidarios y opositores del proyecto socialista cubano - matices incluidos -, lo primero a observar es que las polémicas sobre los derribos se centran, en mayoría, no a partir de informaciones contrastadas,  ni de consultar informes y evidencias hallables en Internet, cuyo reporte más importante parece que sólo fue publicado por el diario digital opositor El Toque, tratándose de un medio de origen cubano. Las polémicas de marras se ensarzan en lo que pudiera llamarse una "controversia territorial". A tales efectos , puede hacerse abstracción de las graves culpas de HAR en que se produjera el incidente, lo cual fue reconocido por los gobiernos de Estados Unidos y Cuba, en mayor o menor medida, en los más importantes informes. De suyo se desprenden esas graves culpas..

Tras los derribos, se privó de su licencia de piloto a José Basulto, presidente de HAR, lo cual significó, si no la desaparición del grupo, sí la pérdida de su capacidad operativa. No vale desde Cuba lo de "nunca es tarde, si la dicha es buena", porque cuatro cadáveres fueron a dar al fondo del mar, y se verá que "no hubo dicha". Pero  por el lado de Washington, sí es importante señalar una grave responsabilidad por haber actuado burocráticamente - para ser benigno - ante las fundadas protestas del gobierno criollo, por las que en su momento fueron reiteradas violaciones del espacio aéreo cubano;  ello fue debidamente registrado por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). O sea, es algo que, a estas alturas, no admite discusión. Tanto la Administración Federal de Aviación (FAA) como otras entidades estadounidenses, fueron también responsables de la tragedia, dada su burocrática o intencionada pasividad.

¿Cuál es la "controversia territorial"?  Por un lado, los partidarios del socialismo "a la cubana" sostienen y aportan datos y argumentos respecto a que los derribos de las aeronaves estarían justificados como respuesta a lo ocurrido el 24 de febrero, muertos incluidos, por cuanto los abatimientos habrían sido sobre aguas cubanas; o sea, "respuesta viril y erecta" a las violaciones. Sus opuestos afirman que tales derribos se produjeron en aguas internacionales y que, por tanto, se cometió un "asesinato en los aires", a contrapelo del Derecho Internacional.

Según parece, "ni tirios ni troyanos" se han tomado la molestia de consultar el informe de la OACI que sirvió de base a la Resolución 1067/1996  del Consejo de Seguridad de la ONU, y menos dicha providencia, de texto desfavorable para Cuba; fue votada a favor por 13 de los 15 miembros del órgano, con las abstenciones de Rusia y China. Tomar nota: dos cercanos aliados de Cuba no votaron en contra, prefirieron abstenerse ¿Por qué?

Dicha Resolución expresó, entre otros acápites, que "Condena el uso de armas contra las aeronaves civiles en vuelo, que es incompatible con las consideraciones elementales de humanidad, con las reglas del derecho internacional consuetudinario codificadas en el artículo 3 bis del Convenio de Chicago y con las normas y prácticas recomendadas enunciadas en los anexos del Convenio, e insta a Cuba a unirse a los demás Estados respetando las obligaciones que se derivan de estas disposiciones". Si bien Cuba no fue sancionada, sí fue condenada.

El artículo 3 bis

. Más claro, ni el agua: el  nudo del problema no es si las aeronaves fueron derribadas en cielo cubano o internacional, sino  que se emplearon armas contra "aeronaves civiles en vuelo", lo que provocó la condena del Consejo de Seguridad de la ONU.

Merece explicación el artículo 3 bis del Convenio de Chicago, que es la "Constitución" de la aviación civil mundial. Aquel estipula que  todo Estado debe abstenerse de recurrir al uso de las armas en contra de aeronaves civiles en vuelo; establece un procedimiento de seguridad, el cual norma que  durante una interceptación, no debe ponerse en peligro la vida de los ocupantes ni la seguridad de la aeronave. Asimismo, toda aeronave civil que sobrevuele ilegalmente un territorio debe acatar la orden de aterrizar en un aeropuerto designado.

 Dicho artículo tuvo por origen el derribo por un caza soviético de una aeronave surcoreana que volaba de Nueva York a Seúl, el 1 de septiembre de 1983. La tragedia se desencadenó por un error de navegación. Por razones que se atribuyeron a un fallo en la programación del piloto automático, el avión se desvió más de 500 km de su ruta y penetró en un espacio aéreo soviético altamente restringido sobre la península de Kamchatka y la isla de Sajalín. En ese momento, Estados Unidos tenía un avión espía RC-135 en la misma zona, lo que llevó a los controladores soviéticos a confundir el Boeing 747 comercial con el avión norteamericano. A pesar de que un piloto soviético reportó haber visto luces de navegación propias de un avión civil, la orden fue tajante. Murieron 269 personas.

 Más allá del rechazo  al Informe de la OACI, y de la Resolución del Consejo de Seguridad, por parte del entonces Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Ricardo Alarcón de Quesada, y de Bruno Rodríguez Parrilla, entonces Embajador de Cuba en Naciones Unidas, aduciendo presiones norteamericanas para lograr la condena de Cuba, el hecho cierto: el empleo de armas contra aeronaves civiles está prohibido, se deben respetar los procedimientos de seguridad e interceptación previstos, lo cual no consta que hayan hecho  los Migs actuantes ese día, de acuerdo con el mencionado informe, ni de que se haya ordenado a las aeronaves derribadas seguir  instrucciones de abandonar el espacio aéreo o aterrizar en un aeropuerto criollo. El Informe de la  OACI abunda en esos  tópicos, con evidencias tanto de Estados Unidos como de Cuba, como son las transcripciones de los diálogos de los pilotos cubanos con su base aérea.

El Informe  sobre el 24 de febrero apuntó en una de sus conclusiones que "La regla del derecho internacional consuetudinario de que los Estados deben abstenerse de recurrir al uso de las armas en contra de las aeronaves civiles en vuelo, codificada en el Artículo 3 bis del Convenio de Chicago, y las disposiciones de la OACI relativas a la interceptación de aeronaves civiles, se aplican independientemente de que la aeronave en cuestión esté o no dentro del espacio aéreo territorial del Estado de que se trate".

Apunte marginal: el artículo 3 bis del Convenio de Chicago entró en vigor el 1 de octubre de 1998, tras un proceso de ratificaciones, que a la altura del 24 de febrero de 1996 ya tenía un buen número de países ratificantes, pero no Estados Unidos ni Cuba, la cual lo ratificó el 28 de septiembre de 1998, dos días antes de entrar en vigor el artículo. Por éso, la Resolución 1067/1996 se refirió al derecho internacional consuetudinario como norma para la evaluación y condena de los derribos. Por tanto, sería irrelevante si derribar las aeronaves ocurrió en espacio cubano o internacional; el punto es que se emplearon armas, con resultados mortales.

Sin embargo, no se pierda de vista que la discusión sobre dónde se produjeron los derribos, pudiera contener elementos de  distracción: desviar la atención sobre el prohibido uso de armas, o sobre las reiteradas violaciones de HAR del espacio aéreo criollo.

Por la pasión con que en Cuba se defiende al general de ejército Raúl Castro, y considerando que fue acusado de ser el máximo responsable de derribos y muertes, no hará juicios este periodista, más en un escenario de creciente agresividad de las políticas estadounidenses contra Cuba. El Informe de la OACI señala que en determinado momento, el entonces jefe de la Defensa Antiaérea y Fuerza Aérea Revolucionaria (DAAFAR) recibió instrucciones de impedir las violaciones y, de ser necesario, derribar. Pero como ese informe fue cuestionado por Alarcón y Rodríguez Parrilla, diz que por las presiones de Estados Unidos para lograr la condena de Cuba, mejor sea Fidel Castro quien haga las aclaraciones pertinentes, en la revista Time : " Lo discutimos con Raúl (hermano de Castro y jefe de las Fuerzas de Defensa Aérea) y el Estado Mayor Conjunto. Acordamos que lo que sucedió el 9 y 13 de enero no podía volver a ocurrir. Dimos la orden al jefe de la Fuerza Aérea. El sábado, (los aviones de Hermanos al Rescate) vinieron dos veces. La base aérea de San Antonio estaba en alerta máxima. En la tercera pasada, despegaron e hicieron su trabajo. Derribaron los aviones. Son profesionales. Hicieron lo que creen que es correcto. Son personas en quienes confiamos, pero yo asumo la responsabilidad por lo sucedido" (1).

A falta de Fidel, por ley de la vida, se infiere la decisión estadounidense de acusar a Raúl Castro y a los pilotos que participaron en los derribos, como parte de una política que no excluiría una acción militar contra Cuba, o contra el general de ejército, al estilo secuestro de Nicolás Maduro y Cilia Flores. Sí, el riesgo es real, aunque el Senado norteamericano, de mayoría republicana, no es partidario de esas acciones; para éste, mientras no se solucione la crisis en Irán - que se observa estancada -, emprender una aventura en  Cuba compromete las capacidades del ejército de aquel país, si bien  se sabe que de Donald Trump se puede esperar lo peor, más si el Congreso le dejó manos libres para actuar sin información previa o autorización de ese órgano para una operación contra Cuba, del tipo que sea; más si el presidente está presionado por una eventual derrota republicana en las elecciones de medio término de noviembre, lo cual le obligaría a gobernar sin   mayoría congresual en sus dos últimos años de mandato. Trump necesita actuar, necesita un escenario en que los votantes le apoyen, como ha sido  tradicional cuando la nación está en guerra, aunque no en el caso de Irán, en que encuestas realizadas en mayo de 2026 revelan que 60% de los votantes se oponen a esa guerra, lo cual también pudiera ser válido para el caso de Cuba. No obstante, al presente momento, es evidente el despliegue de una preparación mediática que busca justificar ante la opinión pública estadounidense una acción militar contra la mayor de las Antillas, lo cual  ha ocurrido como práctica estadounidense para lograr apoyo interno a  operaciones bélicas, desde la guerra hispano - cubano - americana de 1898.

De las consecuencias

¿Por qué no se siguieron los procedimientos de aviso e interceptación de las aeronaves derribadas, según consta en el informe de la OACI - fundado sobre fuentes estadounidenses y cubanas -,  y que en medida extrema incluyen disparos de advertencia, pero no derribos? ¿Qué consecuencias hubo para Cuba? Pues la aprobación de la Ley Helms-Burton y el consiguiente agravamiento del bloqueo estadounidense, incluyendo la activación por Trump del título III de dicha ley, que permite  a ciudadanos y empresas de Estados Unidos demandar en tribunales estadounidenses a cualquier persona o entidad que se beneficie de propiedades expropiadas por el gobierno cubano tras la Revolución de 1959. O sea, ese título  busca disuadir la inversión extranjera en Cuba, creando un riesgo legal concreto para las empresas, ya que las penalizaciones pueden ser muy severas, lo cual implica lo que pudiera llamarse "miedo a invertir", con lógicas consecuencias: un serio agravamiento de la situación económica criolla, cuyo extremo es el cerco energético decretado por Trump contra Cuba.

No ha observado este periodista que la prensa cubana haya establecido una relación causa - efecto entre el derribo de las avionetas y la aprobación de la Helms-Burton; si lo ha hecho, no le consta. Pero es indudable que dicha relación existe; se sabe que el entonces presidente Clinton se opuso seriamente a ese proyecto de ley, incluyendo su decisión de vetar, caso de aprobarse, además de tener ese proyecto pocas posibilidades de ser aprobado; fue el derribo de las aeronaves lo que forzó la votación favorable y su firma por Clinton el 12 de marzo de 1996, si bien logró que la activación del título III estuviera a reserva de una decisión presidencial cada seis meses; dicha activación fue pospuesta por sucesivas administraciones... hasta Trump. Tales son los hechos, y los hechos son tercos.

¿Se evaluó en su momento por el gobierno cubano que el derribo de las aeronaves podía provocar la aprobación de la ley y traer relevantes consecuencias, que un gesto "viril y erecto" como los abatimientos podía significar algo muy grave para Cuba? Es incógnita de archivos, y es no investigar por la prensa criolla, se supone "perro guardián" del sagrado principio de rendición de cuentas de elegidos a electores. Entretanto, Cuba sufre...

Imagen de portada: Cessna 337, el modelo de aeronave que fue derribado el 24-2-1996. Cubaperiodistas.

Notas y enlaces

1.- Traducción del autor.  Entrevista a Fidel Castro por la revista Time

https://time.com/archive/6728689/interview-fidels-defense/

 


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por opinar

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...