"De pensamiento es la guerra mayor que se nos hace: ganémosla a pensamiento" José Martí

jueves, 30 de agosto de 2018

Cuba: pilotos sin piernas, derechos de los discapacitados y un deseo ¿constitucional?


Por Manuel David Orrio.

La Habana, 18-08-25.- El soviético Alexéi Marésiev y el inglés Douglas “Tin Legs” Bader son recomendable mención a la hora de defender y promover los derechos de las Personas con Discapacidad, así como dar a las mismas la confianza y el apoyo que la sociedad les debe para su plena integración. No en bellas palabras, sino en legislaciones y acciones concretas que efectivamente les materialicen una mejor calidad de vida.

Marésiev y Bader, pese a carecer de ambas piernas, fueron “ases” de las aviaciones militares de sus patrias respectivas, a la hora de defenderlas del horror nazi. Héroes incomparables que no tuvieron la suerte de conocerse personalmente y nunca supieron el uno del otro. Héroes discapacitados, como lo fue el General mambí Henry Reeve, “El Inglesito”.



Alexéi Marésiev y Douglas “Tin Legs” Bader, por los tiempos en que ya eran “ases”.

Cuba necesita de muchos “Ajustes razonables” – y es éste un concepto internacional de equiparación de oportunidades - que minimicen las reales o potenciales restricciones sociales de los limitados físicos, por la causa que sea. “Ajustes razonables”, quede claro, a tono con los instrumentos jurídicos internacionales en los cuales Cuba es Estado parte, y mediante una Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, un nombre que no surge de la nada. Se le debe a José Luis Silva Trujillo (epd), uno de los fundadores del movimiento cubano a favor de los derechos de los discapacitados, y quizás su mente más preclara. No se niegan los avances ya logrados en Cuba… ¿pero son suficientes? Hay evidencias de que se dista mucho de un promedio válido para los estándares deseables.

Soy poliomielítico. Enfermé a los 8 meses de edad y sobreviví por puro milagro. Supe de Marésiev a los 10 años (1964), cuando convalecía de una de las numerosas operaciones quirúrgicas que formaron parte de mi complejo proceso de rehabilitación. Una compañera de trabajo de mi madre (epd) me regaló el libro que narra su saga - Un Hombre de Verdad, de Boris Polévoi. Acompañó el presente con estas palabras: “este libro te ayudará mucho en la vida”. Lo “devoré”·. El ejemplo de Marésiev se me tornó paradigmático, y todo cuanto he logrado en la vida lleva su impronta.



Marésiev, ya Dr. en Historia, saluda a Yuri Gagarin

Pasaron los años y casi olvidé el libro, hasta que un día lo encontré mientras hacía una limpieza en mi atestada biblioteca. Me eché a llorar - literalmente estallé en llanto - porque recordé cuánto significó para mí el ejemplo de Marésiev; cuántos esfuerzos he hecho en mi vida por ser “normal”, y cuántas discretas y no tan discretas discriminaciones por ser discapacitado he sufrido y ahora mismo sufro. Sólo que ahora - las “mías”, y las de todos mis camaradas de adversidad - son violaciones de la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo .

La “Convención” y un caso cubano: ¿despegarían al combate Marésiev y Bader?

La Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, considerada el primer tratado jurídico internacional de derechos humanos del siglo XXI, se aprobó el 13 de diciembre del 2006. Cuba la firmó el 26 de abril del 2007 y la ratificó el 6 de septiembre del mismo año, para así devenir Estado parte y asumir importantes compromisos respecto a la defensa y promoción de los derechos de las Personas con Discapacidad.

Como periodista, como cubano que se siente parte de su país y de sus leyes coherentes con la Constitución, me tocó en el 2010 defender muy de cerca el compromiso que otros violaban. Durante meses, mediante una serie de artículos publicados en varios diarios digitales de la izquierda anticapitalista – ninguno cubano, y mejor callo por qué – enfrenté a un conjunto de autoridades empeñadas en DESALOJAR de su legítima vivienda a la familia Suñé-Cabrera. Residían en una envidiada casa, de legalmente verificada adquisición, cuatro personas; de éstas, dos eran discapacitadas y el tercero un menor de entonces 13 años de edad. Y aunque me avergüence apuntarlo, hora es de hacerlo: los defendí SOLO. El “lavado de manos” a lo Poncio Pilatos fue masivo.

Se imputaba la violación de una de las resoluciones criollas más cuestionables desde el punto de vista del debido proceso: el Decreto-Ley 149/94. Por éste puede realizarse una muy notable confiscación de bienes por simple vía administrativa, sin que medien los tribunales, de presumirse que la familia o su titular hubieran sido culpables de “enriquecimiento indebido”. Como curiosidad jurídica, en Cuba se halla tipificado el delito de “enriquecimiento ilícito” ¿No sería lo mismo? ¡Ah! , la diferencia radica en que en éste último sí hay debido proceso.

“Presunción de inocencia”, ¿a cuál altura volabas, con Marésiev o con Bader? Una vez confiscado un número apreciable de sus bienes, a pesar de la entrega por la familia de abundantes pruebas de descargo, se pretendía además despojarles de su legítima vivienda, y por ende hacerles sufrir los perjuicios derivables, lo cual habría significado una grave violación del principal concepto mediante el cual la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad protege al limitado físico de sus consiguientes desventajas sociales: el ajuste razonable. Procede para lo malo y para lo bueno. Un reo discapacitado ha de tener una tratamiento carcelario acorde con sus limitaciones; o, normado por ley en Cuba, existe para el limitado físico la posibilidad de empleo a domicilio para cuanta profesión u oficio lo haga posible. Pues bien, a los Suñé-Cabrera pretendían desalojarlos de su legítima vivienda, ¡a tres años de Cuba ser Estado parte de la Convención, y nada menos que con una ministra de Gobierno, máxima autoridad en la aplicación de Decreto-Ley de marras, al parecer muy decidida a confiscar! Ratificada recientemente, por cierto. Si no hubiera sido porque al final no hubo desalojo, o sea, batalla ganada, quizás este periodista hubiera ordenado: ¡Marésiev, Bader, dedo en el gatillo y despegue autorizado!

¿Y del Protocolo Facultativo, qué? 

A su buen decenio de ser Cuba Estado parte de la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, la prensa criolla no parece haber inquirido sobre por qué la mayor de las Antillas no ha firmado, y por ende no ratificado, el Protocolo Facultativo de dicha convención, aprobado por Naciones Unidas el 13 de diciembre del 2006 y abierto a la firma y ratificación el 30 de marzo del 2007. Al 24 de agosto del corriente año, 92 países lo habían firmado y ratificado, para devenir así Estados partes de un instrumento jurídico internacional de la mayor importancia, porque protege a los discapacitados de las arbitrariedades de sus gobiernos nacionales. Su artículo 1 estipula que “Todo Estado Parte en el presente Protocolo (“Estado Parte”) reconoce la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (“el Comité”) para recibir y considerar las comunicaciones presentadas por personas o grupos de personas sujetos a su jurisdicción que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado Parte de cualquiera de las disposiciones de la Convención, o en nombre de esas personas o grupos de personas.”

No creo que la opinión pública criolla haya sido debidamente informada sobre la letra y el espíritu de la Convención, ni sobre por qué el “Protocolo” parece no existir para la tierra de José Martí. No se olvide: el mayor de los cubanos soñó con una República basada sobre el “ejercicio íntegro de sí…y el respeto, como de honor de familia, al ejercicio íntegro de los demás”. También dijo que si esa república no era así, “…no valía una lágrima de nuestras mujeres ni una sola gota de sangre de nuestros bravos”.

Volaron muy alto…pero la vida les abatió

Marésiev y Bader no sólo coincidieron en ser “ases” de la aviación militar desprovistos de piernas, o en devenir prestigiosas personalidades públicas de sus respectivos países. También murieron por idéntica causa, un infarto cardíaco. Bader, a los 72 años, el 5 de septiembre de 1982, tras una comida de celebración del 90 aniversario del Mariscal del Aire de la Real Fuerza Aérea (RAF) Sir Arthur "Bomber" Harris. Por entonces El London Times escribió del “as lisiado”, como también su pueblo le llamó, que «Se convirtió en una leyenda al personificar el heroísmo de la RAF durante la Segunda Guerra Mundial».


Sir Douglas Robert Stewart Bader, en la Fundación Pro-Amputados que lleva su nombre

Marésiev, por su parte, murió de un ataque al corazón el 19 de mayo de 2001, justo antes de la celebración de su 85 aniversario. Iba a encontrarse en una reunión de veteranos de la Gran Guerra Patria con la enfermera que le atendió y tanto le apoyó para que volviera a volar, y a quien no veía desde la guerra. Era la viuda de un no menos héroe, el tanquista Grigori Gvózdiev, con quien Marésiev entabló una estrecha amistad cuando convalecían de sus heridas. Nunca supieron que mientras el primero destrozaba tanques alemanes en la Batalla del Arco de Kursk, el segundo le protegía desde los cielos, a los mandos de un caza La-5. La guerra es así: los combatientes se vuelven como hermanos de sangre y después “se pierden la pista”.


Alexéi Marésiev, Héroe de la Unión Soviética, cuando era miembro del Comité de Veteranos y del Sóviet Supremo de su país

Aprender de la Historia, de sus homagnos hacedores, puede ser muy oportuno a la hora de debatir un proyecto de Constitución, como ocurre ahora en Cuba. Pido a Marésiev y a Bader que, cual pareja de “ases” en lo alto de las agitaciones excelsas de su gloria, vuelen para los discapacitados cubanos…


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