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martes, 15 de octubre de 2013

Novedades en trabajo por cuenta propia y tributos en Cuba

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Por Lourdes Pérez Navarro*
 
La Habana, oct (PL) El trabajo por cuenta propia se consolida y amplía en Cuba con la implementación de nuevas resoluciones emitidas por los ministerios de Finanzas y Precios, y de Trabajo y Seguridad Social, en vigor desde el pasado 26 de septiembre.
Ver imágenes en FotosPL Estas normativas responden a la necesidad de adicionar nuevas actividades, eliminar limitaciones en el otorgamiento de autorizaciones para el ejercicio de determinadas labores, definir el alcance de cada una y precisar aspectos sobre su ordenamiento y control, según aseveró la viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social, María Elena Feitó.

Las mencionadas resoluciones incorporan otras 10 actividades que pueden ejercerse por cuenta propia, entre ellas, gestor de permutas y compraventa de viviendas, reparador de instrumentos de medición, vendedores mayoristas y minoristas de productos agropecuarios, y agentes postal y de telecomunicaciones.

También comienzan a otorgarse autorizaciones para el ejercicio de otras ocho actividades, como chapistero, elaborador vendedor de artículos de mármol, fundidor y herrero, para las cuales no existía un mercado lícito donde adquirir las materias primas, equipos y otros insumos.

Al respecto, Feitó señaló que aún cuando todavía no se cuenta con un mercado mayorista en el país destinado a proveer de materiales a los llamados cuentapropistas, estos recursos pueden adquirirse en las cadenas de tiendas del mercado nacional.

Entre las novedades está la incorporación al trabajo por cuenta propia de los recién graduados de obreros calificados y de las escuelas de oficio, que al momento de su egreso no han arribado a la edad laboral (17 años), siempre con la autorización del director de Trabajo Municipal.

Asimismo, se autoriza a los creadores y artistas a contratar trabajadores.

IMPACTO ECONÃ"MICO

Desde 2010, año en que el llamado cuentapropismo recibió un fuerte impulso en la nación caribeña, casi se ha triplicado el número de personas que se dedican a esa actividad que cada vez gana mayor espacio en la economía cubana.

Según cifras oficiales, actualmente 436 mil 342 cubanos ejercen esta forma de empleo no estatal en una o más de las 201 modalidades existentes, frente a los 157 mil 300 que había tres años atrás.

Este es un sector que crece y sus contribuciones aumentan, pues de octubre de 2010 a la fecha su aporte al presupuesto del Estado creció 18 por ciento, afirmó a Prensa Latina el director de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), Vladimir Regueiro.

En su opinión el impacto económico de los llamados cuentapropistas está en correspondencia con las previsiones que se hicieron en la proyección de expansión y crecimiento del sector.

Sin embargo, dijo, aún como partida presupuestaria, si lo distinguimos de todas las recaudaciones o ingresos del presupuesto, el trabajo por cuenta propia tiene una participación mínima, de tan solo el dos por ciento.

Esto significa que los grandes aportes al presupuesto siguen en las empresas estatales, apuntó.

A su juicio el sector debe seguir un comportamiento de crecimiento, no solo a través de figuras de forma independiente sino de los diferentes modelos de gestión, como las cooperativas no agropecuarias que ya suman 126 en todo el país.

A la par, subrayó, también se elevan las contribuciones de los trabajadores por cuenta propia al presupuesto del Estado.

NUEVAS MEDIDAS TRIBUTARIAS PARA SECTOR DE CULTURA

A la par de las recientes regulaciones en el empleo no estatal, el Gobierno cubano adoptó nuevas medidas para atemperar el tratamiento financiero y tributario en el sector de la Cultura, las cuales están contenidas en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 28 publicada el pasado 7 de octubre.

El texto contiene un Decreto-Ley y cuatro resoluciones de los ministerios de Cultura, Trabajo y Seguridad Social, y MFP, que entrarán en vigor en enero de 2014.

Las normativas persiguen ordenar aspectos como las formas de remuneración, los regímenes de Seguridad Social y el pago de los tributos, en base al cumplimiento del principio de que se aporte en correspondencia con la capacidad económica, explicó la jefa del departamento de política tributaria del MFP, Maritza Cabrera.

Además, señaló, se pretende eliminar la dispersión legislativa existente e ir en busca de una mayor uniformidad en el tratamiento de estas materias, al tiempo de contribuir a potenciar el vínculo y el compromiso de los creadores y artistas con el Estado.

Entre lo novedoso de las más recientes normativas jurídicas emitidas en Cuba sobre el tema del trabajo por cuenta propia, está la autorización a creadores y artistas a contratar trabajadores para realizar sus obras o preparar sus presentaciones.

Asimismo, tendrán la posibilidad de acceder a los servicios que brindan otros creadores, artistas y trabajadores por cuenta propia, y el Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo se pagará cuando se empleen los servicios de más de cinco trabajadores.

En cuanto al Impuesto sobre Ingresos Personales, este no se aplicará al salario que perciben los artistas contratados en entidades pertenecientes al sistema de la cultura, la radio, la televisión, así como otras instituciones estatales.

Cabrera precisó que con tal tributo se gravará cualquier otro ingreso adicional que obtengan estos trabajadores por la comercialización de sus presentaciones y obras, o por el ejercicio de otra actividad económica aprobada.

Las nuevas regulaciones disponen, además, que al recibir un premio en metálico el artista o creador solo tiene que pagar un cuatro por ciento del monto total del mismo en la Oficina de Administración Tributaria.

Por otra parte, establece que el porcentaje de participación de las empresas por la gestión del contrato y otros servicios que ofrecen a los artistas y creadores para la comercialización de las obras o las presentaciones artísticas, se hará de mutuo acuerdo y en un rango de hasta un 30 por ciento, cifra que puede llegar al 40 por ciento en el caso de la discografía.

Las normativas regulan también un régimen especial de la Seguridad Social de los creadores, artistas, técnicos y personal de apoyo que los protege ante la vejez, invalidez, maternidad o en caso de muerte a su familia.

Con el propósito de actualizar y fortalecer estas medidas, y como parte del control fiscal que sistemáticamente tiene lugar en el país, se realizará una reinscripción masiva de los artistas y creadores en el Registro de Contribuyentes.

Cabrera añadió que de igual modo se llevarán a cabo estudios de carga y capacidad tributaria a las diferentes manifestaciones artísticas.



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